jueves, 16 de abril de 2015

CNT-AIT DE ADRA DENUNCIA LA POLÍTICA DE PERSONAL DE CABASC SCA


La empresa dedicada al manipulado y envasado de hortalizas incumple en un porcentaje alto el convenio provincial del sector. La solvencia económica de esta empresa no debería cimentarse en la rapiña de los derechos económicos de los trabajadores y trabajadoras

CABASC SCA es una empresa bien conocida en la comarca del poniente almeriense, su actividad económica se centra en el manipulado y envasado de hortalizas y cuenta con una plantilla que en las cotas más altas de la temporada sobrepasa los 250 empleados, en su gran mayoría mujeres que desarrollan su trabajo en el área de producción con la categoría de envasadoras.

En estos días, un piquete informativo de la CNT-AIT, se ha acercado a las instalaciones que la empresa tiene en Balanegra para denunciar la política de personal de despedir a cualquier trabajadora que se encuentre en situación de Incapacidad Temporal hecho que desde CNT-AIT consideramos como despido improcedente y que la empresa simula como una terminación de contrato con el objetivo de no pagar indemnización alguna. Hemos podido corroborar que esta situación no es un hecho aislado, irse a la baja ya sea por enfermedad común o accidente de trabajo supone que te comuniquen rápidamente que: “tu contrato ha finalizado”. Así lo atestiguan numerosas trabajadoras que han trabajado en esta empresa. Esta cuestión es la que hace que actualmente nos encontremos en conflicto con CABASC hasta que no se resuelvan las demandas por despido improcedente pendientes.

También aprovechamos para informar a los trabajadores y trabajadoras especialmente del del turno de tarde de varios incumplimientos del convenio: No se abona a 8 € la hora de trabajo realizadas por encima de las 9 horas como establece el convenio (todas se pagan a 6,28 €), no se respeta la rotación en el cambio de turnos quedando siempre en el turno de mañana el mismo personal; se discrimina a las trabajadoras al no proveerlas del calzado adecuado que establece el convenio mientras el personal masculino sí, etc.

No podemos dejar de comentar que todos estos abusos son posibles con la complicidad por pasiva o por activa del Comité de Empresa integrado por personal fijo o fijo discontinuo entre cuyos “logros” sindicales está precisamente el romper con la rotación entre el turno de mañana y tarde para adjudicarse para sí mismos y su clientela el turno de mañana con las ventajas que conlleva, una jornada con un horario bien definido para evitar las jornadas de trabajo propias del siglo XIX de 13, 14 o más horas que se llegan a realizar en el turno de tarde y que dejan prácticamente en exclusiva para el personal contratado por obra y servicio. Tampoco se informa al personal temporal contratado bajo esta modalidad contractual que tienen el derecho de ser indemnizadas cuando legalmente expire su contrato con un día de salario por cada mes trabajado medida establecida para este tipo de contratos temporales a partir del 1 de enero de este año. Por todos estos motivos, el objetivo de nuestra acción sindical, ha ido dirigido también a alentar a la plantilla, especialmente a las trabajadoras temporales para que se organicen sindicalmente al margen del Comité de Empresa porque, en demasiadas ocasiones, los órganos de representación unitarios solo defienden sus propios intereses y los de la empresa que los mima.